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Qué carros aplican

¿Qué carros aplican a la devolución del IVA? Eléctricos, híbridos HEV, PHEV y MHEV

No todos los carros que dicen «híbrido» tienen devolución de IVA. Esta guía te ayuda a saber si el tuyo aplica, según la lista oficial de 2026.

Equipo RecuperaIVAActualizado: Lectura: 6 min

Emblema Hybrid en la carrocería negra de un carro híbrido
Foto de Mathias Reding en Pexels, licencia Pexels

La regla corta: eléctricos, HEV y PHEV

La Resolución UPME 563 de 2026 define qué vehículos pueden obtener el certificado que da acceso a la devolución del IVA. La regla general cabe en una línea: aplican los vehículos 100 % eléctricos y los híbridos HEV y PHEV; los híbridos leves (MHEV) no.

La DIAN, por su parte, aclaró en el Concepto 13853 de 2025 que una persona que compra uno de estos vehículos para su uso personal puede acceder al beneficio. Así que la pregunta clave es qué tecnología tiene tu carro.

Carros 100 % eléctricos (BEV)

Son los que se mueven solo con batería y se cargan enchufados. Son el caso más claro: aplican sin discusión sobre la tecnología. Además, es la categoría con más tipos de vehículo incluidos, desde automóviles hasta volquetas.

Híbridos convencionales (HEV)

Combinan un motor de gasolina y uno eléctrico con una batería que se recarga sola, al frenar y con el motor. No se enchufan. Una señal típica es que pueden arrancar o moverse a baja velocidad solo con el motor eléctrico. En la ficha técnica suelen aparecer como full hybrid, híbrido autorrecargable o HEV.

Híbridos enchufables (PHEV)

Tienen una batería más grande que se carga en un enchufe y permite recorrer varios kilómetros en modo eléctrico antes de usar el motor de gasolina. Si tu carro tiene puerto de carga y no es 100 % eléctrico, casi seguro es un PHEV.

Por qué los híbridos leves (MHEV) no aplican

Los MHEV, también llamados mild hybrid, microhíbridos o híbridos ligeros, tienen un pequeño sistema eléctrico, casi siempre de 48 voltios, que solo ayuda al motor de gasolina. No pueden mover el carro con electricidad. Por eso la resolución de la UPME los deja por fuera, aunque en la tapa del baúl diga «Hybrid».

Cómo reconocerlos:

  • La ficha técnica dice mild hybrid, MHEV, microhíbrido o 48 V.
  • El carro nunca se mueve solo con el motor eléctrico.
  • No tiene puerto de carga y la batería auxiliar es pequeña.

Si no estás seguro, no adivines: pedir el certificado para un MHEV es uno de los errores más comunes, y la tarifa oficial no se devuelve.

Motos, camionetas, taxis y vehículos de trabajo

El tipo de vehículo también cuenta, y la lista cambia según la tecnología:

  • Eléctricos: automóviles, camperos, camionetas, motos, taxis, buses, microbuses, camiones, tractocamiones y volquetas.
  • Híbridos HEV y PHEV: automóviles, camperos, camionetas y motos.

Es decir, una moto eléctrica o una camioneta híbrida pueden aplicar, pero un camión híbrido no.

Además de la tecnología: lo que también se revisa

Que tu carro sea eléctrico, HEV o PHEV es el primer filtro. Para que la devolución proceda también importa que:

  • Lo hayas comprado nuevo y seas el primer propietario. Los carros usados no aplican.
  • La compra sea desde el 10 de julio de 2021, fecha de la Ley 2099 de 2021.
  • No hayan pasado cinco años desde la fecha de la factura (Concepto DIAN 673 de 2026).
  • La factura muestre el IVA y no lo hayas usado como descontable, costo o deducción.

Si lo compraste con leasing, puede aplicar en algunos casos, pero la factura suele quedar a nombre de la entidad financiera. Ese caso hay que revisarlo con calma.

Resumen: ¿mi carro aplica?

Tecnología¿Aplica?Tipos de vehículo
100 % eléctrico (BEV)SíAutomóviles, camperos, camionetas, motos, taxis, buses, microbuses, camiones, tractocamiones y volquetas
Híbrido convencional (HEV)SíAutomóviles, camperos, camionetas y motos
Híbrido enchufable (PHEV)SíAutomóviles, camperos, camionetas y motos
Híbrido leve (MHEV, 48 V)No—
Gasolina, diésel o gasNo—

¿Tu carro aplica? Entonces lo siguiente es saber cuánto IVA te devuelven y cómo funciona la devolución. Y si prefieres no hacer el trámite, nosotros lo hacemos por ti: tú nos das un poder y la devolución llega directo a tu cuenta.

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Preguntas frecuentes

¿Los carros híbridos tienen devolución de IVA en Colombia?

Sí, si son híbridos convencionales (HEV) o enchufables (PHEV) y se compraron nuevos. La DIAN lo reconoció en el Concepto 13853 de 2025. Los híbridos leves (MHEV) no aplican.

¿Cómo sé si mi híbrido es MHEV?

Revisa la ficha técnica: si dice mild hybrid, MHEV, microhíbrido o menciona un sistema eléctrico de 48 V que solo asiste al motor de gasolina, lo más probable es que sea un híbrido leve. Un HEV puede moverse por momentos solo con el motor eléctrico.

¿Las motos eléctricas aplican a la devolución de IVA?

Sí. La lista oficial incluye las motos eléctricas y también las motos híbridas HEV o PHEV, con los mismos requisitos: nuevas y con factura a nombre de quien pide.

¿Un carro usado puede tener devolución de IVA?

No. El beneficio es para vehículos nuevos, y quien lo pide debe ser el primer propietario. Comprar un carro de segunda no da acceso a la devolución.

¿Las camionetas híbridas aplican?

Sí, las camionetas y los camperos están en la lista para híbridos HEV y PHEV. Los buses, camiones y volquetas solo aplican si son eléctricos.

Fuentes oficiales

  1. UPME, vehículos eléctricos e híbridos: requisitos (Resolución 563 de 2026)
  2. UPME, preguntas frecuentes sobre vehículos eléctricos (febrero de 2026)
  3. DIAN, Concepto 13853 de 2025
  4. DIAN, Concepto 673 de 2026
  5. Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021

Esta guía es informativa y no reemplaza una asesoría tributaria sobre tu caso. RecuperaIVA es una empresa privada sin vínculo con la DIAN ni con la UPME.