Cómo funciona
Devolución del IVA de carros eléctricos e híbridos: cómo funciona en 2026
Si compraste un carro eléctrico o híbrido en Colombia, es probable que hayas pagado un IVA que la ley te permite recuperar. Así funciona en 2026, explicado sin enredos.

Qué es la devolución del IVA de los carros eléctricos e híbridos
La Ley 1715 de 2014, en su artículo 12, excluye del IVA los bienes que hacen parte de una medida de gestión eficiente de la energía. La Ley 2099 de 2021, vigente desde el 10 de julio de 2021, amplió ese beneficio. Para usarlo hace falta que la UPME (Unidad de Planeación Minero Energética) evalúe y certifique la medida.
Durante años no fue claro si una persona que compra un carro para su uso podía acceder. La DIAN lo aclaró en el Concepto 13853 de 2025: comprar un vehículo eléctrico o un híbrido HEV o PHEV para uso personal sí cuenta como medida de gestión eficiente de la energía.
En la práctica, casi nadie tiene el certificado el día de la compra, así que el concesionario factura con IVA. Ese impuesto no se pierde: en los conceptos 673 y 12670 de 2026, la DIAN explicó que se puede pedir de vuelta como un pago de lo no debido. De ahí el nombre que todos usan: devolución de IVA.
Quién puede pedir la devolución
Puede pedirla quien compró el vehículo nuevo y figura en la factura como comprador. En resumen, tu caso tiene buenas bases si:
- El carro es 100 % eléctrico, híbrido convencional (HEV) o híbrido enchufable (PHEV). Los híbridos leves (MHEV) no aplican.
- Lo compraste nuevo, desde el 10 de julio de 2021, y eres el primer propietario.
- La factura muestra el IVA que pagaste y no han pasado cinco años desde su fecha.
- No usaste ese IVA como descontable, costo o deducción en una declaración.
Si tienes dudas sobre la tecnología de tu carro, en la guía qué carros aplican a la devolución de IVA explicamos cómo distinguir un HEV o PHEV de un híbrido leve.
Las dos etapas: el certificado y la devolución
El proceso tiene dos momentos, cada uno ante una entidad distinta:
- El certificado de la UPME. La UPME evalúa tu vehículo y, si cumple, expide un certificado que lo reconoce como medida de gestión eficiente de la energía. Esta evaluación tiene una tarifa oficial que depende del valor del carro.
- La devolución ante la DIAN. Con el certificado se pide a la DIAN la devolución del IVA pagado. Si la aprueba, consigna el valor en la cuenta bancaria del propietario.
Las dos etapas tienen formularios, plataformas y requisitos propios, y un error en la primera puede frenar la segunda. Por eso vale la pena revisar el caso completo antes de empezar.
Cuánto se demora la devolución
Los tiempos dependen de las entidades, pero la norma fija unos plazos de referencia:
- Certificado: con la solicitud completa, la UPME tiene hasta 30 días hábiles para resolver (Resolución UPME 563 de 2026).
- Devolución: la DIAN tiene 50 días desde que la solicitud se presenta a tiempo y en debida forma (artículo 855 del Estatuto Tributario).
- Calendario: las solicitudes de certificado solo se reciben del 1 de febrero al 15 de diciembre. Lo que se radica en el cierre se da por no presentado.
Si alguna entidad pide información adicional, los tiempos se alargan. En la guía cuánto IVA te devuelven y cuánto se demora lo vemos con más detalle.
Cuánto cuesta
El único costo obligatorio es la tarifa oficial de evaluación del certificado, que se paga directo a la entidad. Se calcula en UVT según el valor del carro sin IVA. Para 2026 (UVT de $52.374), estos son algunos valores de referencia:
| Valor del carro sin IVA | Tarifa oficial 2026 |
|---|---|
| Menos de $14.402.850 (275 UVT) | 1,2 UVT · $62.849 |
| $14.402.850 a $43.260.924 | 3,4 UVT · $178.072 |
| $43.260.924 a $86.521.848 | 6,7 UVT · $350.906 |
| $86.521.848 a $173.096.070 | 13,4 UVT · $701.812 |
| Desde $173.096.070 (3.305 UVT) | 13,4 UVT más 0,2025 % de la diferencia en UVT, con un tope de 275 UVT |
Fuente: Resolución UPME 563 de 2026, art. 10, y calculadora oficial de la UPME. Valores en pesos redondeados.
La tarifa no se devuelve si la solicitud se archiva o se niega. Si decides que alguien lo haga por ti, a eso se suman sus honorarios: en RecuperaIVA son $690.000 con IVA: $200.000 para iniciar y $490.000 cuando se expide el certificado.
Errores que hacen que te nieguen la devolución
La mayoría de los rechazos vienen de errores que se pueden evitar revisando bien el caso:
- Tecnología equivocada. Pedir el certificado para un híbrido leve (MHEV), que no aplica.
- Plazo vencido. Empezar cuando ya pasaron cinco años desde la factura.
- Datos que no coinciden. Diferencias entre la factura, la ficha técnica y lo que se reporta.
- Solicitud incompleta. Una solicitud sin todo lo que se pide puede archivarse, y la tarifa no se devuelve.
- IVA ya usado. Haberlo tomado como descontable o deducción en una declaración.
- Fechas del calendario. Radicar en el cierre de diciembre y enero.
¿Hacerlo solo o con ayuda?
Los dos trámites son públicos y cualquier propietario puede hacerlos por su cuenta. La pregunta es cuánto tiempo quieres dedicarle y qué tanto riesgo de error estás dispuesto a asumir, sabiendo que la tarifa oficial no se devuelve si te niegan la solicitud.
Si prefieres no perder horas en trámites, en RecuperaIVA nosotros lo hacemos por ti: tú nos das un poder, nos encargamos de todo y la devolución llega directo a tu cuenta, nunca a la nuestra.
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Sin impuesto al consumo: ese impuesto no se devuelve.
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Verifica si tu carro aplicaCálculo estimado, no una garantía: depende de tu factura y de las entidades oficiales. Honorarios de RecuperaIVA: $690.000. La tarifa oficial (la pagas tú directo a la entidad) también se resta en el estimado.
Preguntas frecuentes
¿La devolución del IVA de carros eléctricos es para personas naturales?
Sí. Desde el Concepto 13853 de 2025, la DIAN reconoce que comprar un carro eléctrico o un híbrido HEV o PHEV para uso personal da acceso a la exclusión de IVA, siempre que se obtenga el certificado de la UPME.
¿Si el concesionario me cobró el IVA, ya perdí el beneficio?
No. Por eso existe la devolución: el IVA que pagaste se puede pedir después como un pago de lo no debido, según los conceptos DIAN 673 y 12670 de 2026.
¿Cuánto tiempo tengo para pedir la devolución?
Cinco años contados desde la fecha de emisión de la factura de venta (Concepto DIAN 673 de 2026). Pasado ese plazo, el derecho se pierde.
¿Puedo pedir la devolución en diciembre o enero?
Las solicitudes de certificado solo se reciben del 1 de febrero al 15 de diciembre (Resolución UPME 563 de 2026). El cierre no te hace perder el derecho: se retoma en febrero.
¿Necesito un contador?
Si eres persona natural y no estás obligado a llevar contabilidad, no. La DIAN acepta una declaración firmada por ti, bajo juramento, en lugar de las certificaciones de contador (Concepto DIAN 673 de 2026).
Fuentes oficiales
- Ley 1715 de 2014, art. 12, modificado por la Ley 2099 de 2021
- DIAN, Concepto 13853 de 2025
- DIAN, Concepto 673 de 2026
- DIAN, Concepto 12670 de 2026
- UPME, vehículos eléctricos e híbridos: requisitos (Resolución 563 de 2026)
- Estatuto Tributario, art. 855
Esta guía es informativa y no reemplaza una asesoría tributaria sobre tu caso. RecuperaIVA es una empresa privada sin vínculo con la DIAN ni con la UPME.